Bono Infantil 2021 / 2022

Del 23 de junio al 12 de julio inclusive.

La solicitud (anexo I) estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de la Generalitat: https://sede.gva.es o en la página web de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte.

https://ceice.gva.es/es/web/centros-docentes/ayudas/subvenciones/educacion-infantil-primer-ciclo

Para el alumnado que NO haya participado en cursos anteriores se deberá entregar la solicitud (anexo I) junto con la documentación:

  •  Fotocopia cotejada del pasaporte (solo extranjeros sin NIE) en vigor de la persona solicitante y de los miembros de la unidad familiar que firman en el apartado E de datos de la unidad familiar de la solicitud.
  •  Fotocopia cotejada del libro de familia completo o documentación oficial acreditativa de los miembros de la unidad familiar donde aparezcan las fechas de nacimiento.
  •  Fotocopia cotejada de la tarjeta SIP (Sistema Información Poblacional) del alumno o alumna para el que se solicita la ayuda.
  •  Fotocopia cotejada del certificado de reconocimiento del grado de discapacidad en el caso de hermanos o hermanas mayores de 25 años con un grado de diversidad funcional igual o superior al 33 %, que convivan en el mismo domicilio.
  •  En el caso de que se solicite la ayuda para un nasciturus se aportará certificación médica oficial que acredite el embarazo en el momento de la presentación de la solicitud, en el que haga constar el estado y la semana de gestación. Dicho certificado se emitirá por la persona colegiada médica del centro público de salud que corresponde a la mujer gestante y, en el caso de no ser legalmente posible esta opción, se aportará certificado emitido por la persona colegiada médica de la mutualidad profesional correspondiente. En este último caso, se acompañará una declaración responsable de la interesada indicando la imposibilidad legal de obtener el certificado del médico del centro público de salud y el motivo de la misma.
  •  En el caso de divorcios, separaciones y custodias compartidas, se aportará sentencia de divorcio o convenio regulador, según proceda, así como certificado de empadronamiento colectivo actualizado en el que figuren todos los miembros de la unidad familiar que convivan con el alumno o alumna solicitante de la ayuda.
  •  En el caso de alumnado hijo o hija de víctima de violencia de género, esta circunstancia se acreditará con la presentación de la copia compulsada de la orden de protección a favor de la víctima, o, si es el caso, la sentencia definitiva condenatoria por hechos constitutivos de violencia de género en que se acuerden medidas de protección a favor de la víctima que estén vigentes durante la tramitación de la ayuda. Excepcionalmente, se podrá acreditar esta situación con el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género, mientras no se dicte la orden de protección o la presentación del certificado acreditativo de atención especializada por un organismo público competente en materia de violencia sobre la mujer, actualizado a la fecha de presentación de la ayuda. En este caso la documentación acreditativa se enviará directamente a la Subdirección General de Centros Docentes.
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